Registro de Contratista DIR

El Departamento de Relaciones Industriales de California (DIR, por sus siglas en inglés) requiere que todos los contratistas de construcción que realizan trabajo con salario prevaleciente se registren en la base de datos de Registro de Contratistas de Obras Públicas its. Todos los contratistas de construcción que hacen negocios con Metro deben estar registrados tanto en el momento de la licitación como en el momento de la adjudicación.

  • Hay una tarifa no reembolsable de 4 400 por año fiscal para la inscripción.
  • Hay una multa de 2 2,000 por no haber registrado a su empresa en el momento de la licitación y/o adjudicación, además de la tarifa de 4 400.
  • Los contratistas registrados que inadvertidamente no renueven antes del 30 de junio, pero continúan trabajando en obras públicas después de esa fecha, tienen un período de gracia de 90 días para renovar retroactivamente mediante el pago de una multa de 4 400 además de la tarifa de renovación de registro.

El DIR requiere que las empresas de topografía de campo, pruebas de suelos y materiales de campo, administración de edificios y construcción se registren en la Base de datos de contratistas. Además, los contratistas, independientemente de su nivel, están obligados a registrarse si son responsables del pago del salario prevaleciente. Esto incluye a los contratistas principales que no realizan un trabajo cubierto con salario prevaleciente, pero que han contratado a un contratista que realiza un trabajo cubierto.

Para obtener más información, por favor visite el directorio de la página web: http://www.dir.ca.gov/Public-Works/Contractors.html

Para registrar su empresa: https://www.dir.ca.gov/Public-Works/Contractor-Registration.html

comprobar el estado de registro de cualquier empresa: https://cadir.secure.force.com/ContractorSearch

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