¿Qué Activos Deben Pasar Por Sucesiones?

Casi todas las personas dejan algunos activos que no necesitan pasar por la legalización de un testamento. Por lo tanto, incluso si realiza un procedimiento de la corte testamentaria para el patrimonio, no tendrá que incluir todo. Esa es una buena noticia, porque la propiedad que no tiene que pasar por la legalización de un testamento se puede transferir a las personas que la heredan mucho más rápidamente.

Activos comunes Que Pasan Por la Legalización

Básicamente, la legalización es necesaria solo para la propiedad que fue:

  • propiedad exclusiva a nombre de la persona fallecida, por ejemplo, bienes raíces o un automóvil titulado solo a nombre de esa persona, o
  • una parte de la propiedad propiedad como «inquilinos en común», por ejemplo, el interés de la persona fallecida en un almacén propiedad con su hermano como inversión.

Esta propiedad se denomina comúnmente sucesión testamentaria. Si hay activos que requieren procedimientos judiciales testamentarios, es responsabilidad del ejecutor nombrado en el testamento abrir un caso en el tribunal testamentario y guiarlo hasta su conclusión. Si no hay testamento, o el testamento no nombrar un albacea, la corte testamentaria designar a alguien para que sirven. De cualquier manera, la persona a cargo puede contratar a un abogado para que le ayude con el procedimiento judicial y pagar los honorarios del abogado con dinero del patrimonio.

Activos Que no necesitan pasar por un proceso testamentario

Normalmente, muchos de los activos de un patrimonio no necesitan pasar por un proceso testamentario. Si la persona fallecida estaba casada y poseía casi todo conjuntamente, o hizo algún plan para evitar la legalización de un testamento, es posible que no sea necesario un procedimiento judicial de legalización de un testamento.

Aquí hay tipos de activos que no necesitan pasar por un testamento:

  • Cuentas de jubilación—IRA o 401(k), por ejemplo—para las que se nombró a un beneficiario
  • Ganancias de seguro de vida (a menos que el patrimonio se nombre como beneficiario, lo cual es raro)
  • Propiedad mantenida en un fideicomiso vivo
  • Fondos en una cuenta bancaria a pagar por fallecimiento (POD)
  • Valores registrados en transferencia Formulario TOD)
  • Bonos de ahorro de los Estados Unidos registrados en el formulario pagadero por fallecimiento
  • Co-propiedad de los Estados Unidos bonos de ahorro
  • Bienes raíces sujetos a una escritura válida de transmisión por fallecimiento (permitida solo en algunos estados)
  • Distribuciones de planes de pensiones
  • Salarios, salarios o comisiones (hasta una cierta cantidad) adeudados a la persona fallecida
  • Bienes mantenidos en arrendamiento conjunto con derecho de supervivencia
  • Bienes poseídos como inquilinos por la totalidad con un cónyuge (no todos los estados tienen esta forma de propiedad)
  • solo en algunos estados de bienes gananciales)
  • Automóviles o embarcaciones registrados en forma de transferencia a la muerte (permitido solo en algunos estados)
  • Vehículos que van a familiares inmediatos bajo la ley estatal
  • Artículos para el hogar y otros artículos que van a familiares inmediatos bajo la ley estatal

Además, la mayoría de los estados ofrecen procedimientos testamentarios simplificados para sucesiones de pequeño valor. El proceso más simple se denomina comúnmente «sucesión sumaria».»El ejecutor puede usar el proceso más simple si la propiedad total que está sujeta a la legalización de un testamento está por debajo de una cierta cantidad, que varía mucho de un estado a otro. En algunos estados, el límite es de unos pocos miles de dólares; en otros, es de $200,000.

Debido a que usted cuenta solo la propiedad que debe pasar por la legalización de un testamento, y excluye la propiedad que fue de propiedad conjunta o en fideicomiso, por ejemplo, algunas propiedades muy grandes pueden aprovechar los procedimientos de «propiedad pequeña». Por ejemplo, digamos que un patrimonio consiste en una casa de propiedad conjunta de 4 400,000, una cuenta bancaria de 2 200,000 para la que se ha nombrado a un beneficiario pagadero por fallecimiento, una cuenta IRA de 1 100,000 y un automóvil de propiedad exclusiva por valor de 1 10,000. El patrimonio tiene un valor de más de 7 700,000, pero el único activo testamentario es el automóvil, y su valor lo califica para el procedimiento de patrimonio pequeño en casi todos los estados.

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