Tratados que rigen el estatus internacional del canal
El Tratado Hay–Bunau-Varilla irritó la sensibilidad panameña desde el momento en que se firmó, en 1903. Había sido escrito y negociado para la república infantil por Philippe-Jean Bunau-Varilla, un ciudadano francés que no había estado en Panamá durante 18 años y que más tarde admitió abiertamente que estaba dispuesto a que Panamá pagara cualquier precio para garantizar la aceptación del tratado por el Senado de los Estados Unidos. La parte más onerosa del tratado, en opinión de Panamá, era el derecho otorgado a los Estados Unidos de actuar en toda la Zona del Canal de océano a océano de 10 millas (16 km) de ancho como «si fuera el soberano».»Por lo tanto, la Zona del Canal se convirtió en efecto en una colonia extranjera que dividió Panamá, a pesar de la declaración de Theodore Roosevelt en 1906 de que no se pretendía tal resultado. Tal como se constituyó a mediados de siglo, la Zona del Canal fue administrada por un gobernador estadounidense nombrado por el presidente de los Estados Unidos. Los asuntos judiciales se resuelven ante magistrados nombrados por el gobernador o por un juez de circuito nombrado por el presidente. El gobernador era ex officio director y presidente de la Compañía del Canal de Panamá, una corporación estadounidense cuyos directores se encargaban de operar y mantener el canal de manera profesional. Para garantizar el funcionamiento del canal en caso de guerra, se estacionaron unidades militares estadounidenses en la Zona del Canal.
Algunos de los efectos más severos del Tratado Hay–Bunau-Varilla fueron mejorados por tratados posteriores, principalmente los de 1936 y 1955. Los Estados Unidos renunciaron a su derecho reclamado de adquirir tierras y aguas adicionales adyacentes al canal, otorgaron el control panameño sobre los puertos de Colón y la Ciudad de Panamá, y acercaron los salarios de los panameños empleados en la Zona del Canal al nivel de los estadounidenses. Pero los panameños continuaron presionando por cambios más drásticos, incluida la soberanía total sobre el canal. Tras años de negociaciones, ambos gobiernos llegaron a un acuerdo en 1977. El Tratado del Canal de Panamá fue firmado el 7 de septiembre de ese año por el General Omar Torrijos Herrera de Panamá y el Presidente de la República. Jimmy Carter de los Estados Unidos. Puso fin a todos los tratados anteriores entre los Estados Unidos y Panamá relativos al canal y abolió la Zona del Canal. El tratado reconoció a Panamá como soberano territorial en la antigua Zona del Canal, pero otorgó a los Estados Unidos el derecho de continuar administrando, operando y manteniendo el canal y de utilizar las tierras y aguas necesarias para esos fines durante un período de transición de 20 años cubierto por el acuerdo. El tratado también preveía el estudio conjunto de la viabilidad de un canal a nivel del mar y daba a los Estados Unidos el derecho de añadir un tercer carril de esclusas al canal existente, aunque nunca fueron construidas por los Estados Unidos. El tratado entró en vigor el 1 de octubre de 1979 y expiró el 31 de diciembre de 1999.
El tratado de 1977 fue complementado por un Tratado de Neutralidad separado, pero interrelacionado, que también entró en vigor en 1979, pero no tiene fecha de terminación. Bajo el Tratado de Neutralidad, los Estados Unidos y Panamá garantizan la neutralidad permanente del canal, con peajes no discriminatorios y acceso para todas las naciones; sin embargo, los buques de guerra estadounidenses y panameños tienen derecho a un paso rápido. Ninguna otra nación que no sea Panamá podrá operar el canal o mantener instalaciones militares dentro del territorio panameño. Los Estados Unidos, sin embargo, se reservaron el derecho de usar la fuerza militar, si fuera necesario, para mantener abierto el canal; esa fue, en parte, la razón detrás de la intervención militar de los Estados Unidos en Panamá en 1989-90, que, sin embargo, no impidió que el canal se cerrara durante aproximadamente un día en diciembre de 1989.
El Senado de los Estados Unidos ratificó los dos tratados en 1978, después de uno de los debates sobre tratados más largos de la historia estadounidense. Los tratados se implementaron en la legislación nacional de los Estados Unidos mediante la Ley del Canal de Panamá de 1979. Esa ley, entre otras cosas, estableció la Comisión del Canal de Panamá, que reemplazó tanto a la Compañía del Canal de Panamá como al gobierno de la Zona del Canal. La comisión estaba controlada por una junta integrada por cinco miembros estadounidenses y cuatro panameños. Hasta 1990, el administrador era un estadounidense y el administrador asistente un panameño; después de 1990, los roles se invirtieron y los panameños asumieron la posición de liderazgo. La función de la comisión era algo diferente de la de su predecesora, ya que las actividades no relacionadas directamente con el canal, como el mantenimiento y la operación de las terminales y el Ferrocarril del Canal de Panamá, se transfirieron a Panamá en preparación para la facturación final. Con la facturación del canal en diciembre de 1999, la ACP asumió la plena responsabilidad del canal.
El estatuto internacional del canal también se ve afectado por dos tratados más antiguos. En el Tratado Hay-Pauncefote de 1901, el Reino Unido renunció a su interés en un canal istmico. Y, si bien los Estados Unidos eran libres de tomar cualquier medida para proteger un canal, acordaron que habría «igualdad completa» en el tratamiento de los buques de todas las naciones con respecto a «las condiciones y las cargas del tráfico».»En el Tratado Thomson-Urrutia de 1914, los buques de propiedad del gobierno de Colombia estaban exentos del pago de peajes a cambio del reconocimiento colombiano de la autonomía de Panamá.