Fundación privada

Las siguientes fundaciones se establecen en los sistemas jurídicos del common law:

Canadaeditar

En Canadá, la Agencia de Ingresos de Canadá es una rama del gobierno canadiense que regula todas las fundaciones. En virtud de la legislación canadiense, desde 1967, una fundación privada está controlada por un único donante o familia a través de una junta directiva compuesta por una mayoría (más del 50%) de directores que no son independientes. Es una organización benéfica legalmente registrada en la Agencia de Ingresos de Canadá. Una fundación pública está gobernada por una junta directiva compuesta por una mayoría de directores independientes. A una fundación privada no se le permite participar en ninguna actividad comercial, pero puede operar su propio programa benéfico.

La Agencia de Ingresos de Canadá designa la solicitud como una» organización benéfica», una» fundación pública «o una» fundación privada», dependiendo de su estructura, su fuente de financiación y su funcionamiento. Los requisitos de la Ley del Impuesto sobre la Renta son diferentes, dependiendo del tipo de organización benéfica (Ley del Impuesto sobre la Renta, R. S. C. 1985 (5th supp.) c. 1, párr. 149.1 4) a)).

Las Fundaciones BahamasEdit

se introdujeron por primera vez en las Bahamas en diciembre de 2004 a raíz de la Ley de fundaciones.

Estados UnidosEditar

Artículo principal: Fundación privada (Estados Unidos)

Una fundación privada, en los Estados Unidos, es una organización benéfica descrita en el Código de Impuestos Internos por la sección 509. Una fundación privada es necesariamente una organización exenta 501 (c) (3) (o una antigua entidad de este tipo). Se define por una definición negativa: por lo que no es. Una fundación privada no es una organización benéfica pública, como se describe en la sección 170(b)(1)(A) (i) a (vi). Ni es una organización de la sección 509 (a) (2), ni una organización de apoyo. Las fundaciones privadas están sujetas al 2% de impuestos especiales que se encuentran en la sección 4940 a 4945 del código de impuestos internos. Una vez que una organización benéfica se convierte en una fundación privada, conserva ese estatus a menos que siga las difíciles reglas de terminación de la sección 507.

Toda organización que califique para la exención de impuestos como una organización descrita en la sección 501 (c) (3) es una fundación privada a menos que caiga en una de las categorías específicamente excluidas de la definición de ese término(a las que se hace referencia en la sección 509 (a)). Además, algunos fideicomisos benéficos no exentos también se tratan como fundaciones privadas. Las organizaciones que entran en las categorías excluidas son instituciones como hospitales o universidades y aquellas que generalmente cuentan con un amplio apoyo público o funcionan activamente en una relación de apoyo con dichas organizaciones.

En los Estados Unidos, existen varias restricciones y requisitos para las fundaciones privadas, entre los que se incluyen:

  1. restricciones a la negociación entre fundaciones privadas y sus contribuyentes sustanciales y otras personas descalificadas;
  2. requisitos de que la fundación distribuya anualmente los ingresos para fines caritativos;
  3. límites a sus participaciones en empresas privadas;
  4. disposiciones de que las inversiones no deben poner en peligro la realización de fines exentos; y
  5. disposiciones para garantizar que los gastos sigan exentos. Las violaciones de estas disposiciones dan lugar a impuestos y sanciones contra la fundación privada y, en algunos casos, sus administradores, sus contribuyentes sustanciales y ciertas personas relacionadas.

Las violaciones de estas disposiciones dan lugar a impuestos y sanciones contra la fundación privada y, en algunos casos, sus administradores, sus contribuyentes sustanciales y ciertas personas relacionadas.

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