Los cambios recientes a la ley federal han creado dos conjuntos diferentes de reglas para ex cónyuges que desean solicitar beneficios de cónyuge del Seguro Social basados en el registro de ingresos de su ex pareja. El conjunto de reglas que se aplica depende de la fecha de nacimiento del solicitante. Los cambios son el resultado de la Ley de Presupuesto Bipartidista de 2015. Esto es lo que necesitas saber.
Conclusiones clave
- Los cónyuges divorciados pueden ser elegibles para recibir beneficios de Seguro Social según el registro de ingresos de su ex cónyuge.
- Algunas de las reglas cambiaron en 2015 para las personas nacidas en enero. 2, 1954 o posterior.
- Si su ex cónyuge ha fallecido, los cónyuges divorciados pueden tener derecho a beneficios para sobrevivientes, que tienen su propio conjunto de reglas.
Cónyuge Divorciado de la Seguridad Social: Nuevas Reglas
Las reglas básicas para cónyuges divorciados y el Seguro Social dicen que si un individuo estuvo casado por al menos 10 años y luego divorciado, es elegible para cobrar beneficios conyugales en el registro de ingresos de su ex cónyuge, siempre y cuando tenga al menos 62 años y actualmente sea soltero. El cónyuge divorciado puede cobrar en la cuenta del ex cónyuge en estas circunstancias, incluso si el ex cónyuge se ha vuelto a casar.
Además, si la pareja ha estado divorciada durante al menos dos años consecutivos, el ex cónyuge puede reclamar beneficios basados en los ingresos del otro miembro de la pareja, incluso si este último aún no ha solicitado beneficios. Esto contrasta con las reglas para los cónyuges actuales, que no pueden cobrar los beneficios a menos que su cónyuge ya los esté cobrando.
Ex cónyuges nacidos antes de enero. el 1 de septiembre de 1954, se les permite presentar una solicitud restringida de beneficios conyugales a los 66 años de edad y suspender sus propios beneficios (basados en su propio registro de trabajo) hasta más tarde. Eso permite que su propio beneficio siga creciendo un 8% al año hasta los 70 años, cuando su beneficio alcanza su máximo. En ese momento, o antes, si lo desean, pueden cambiar a su propio beneficio superior.
Sin embargo, bajo las nuevas reglas, los cónyuges divorciados que nacieron en enero o después de enero. 2, 1954, ahora se considera que están solicitando todos los beneficios disponibles (conyugales y propios) al mismo tiempo que solicitan el Seguro Social. Recibirán automáticamente el beneficio que sea más alto, pero ya no pueden tomar un tipo de beneficio ahora y cambiar a otro más tarde.
los beneficios del Cónyuge y de los beneficios de sobrevivientes tienen diferentes requisitos de elegibilidad y otras normas.
Reglas diferentes para los Beneficios para Sobrevivientes
La regla de no cambiar de beneficios no se aplica a los beneficios para sobrevivientes del Seguro Social, para los cuales los cónyuges divorciados pueden ser elegibles si su ex pareja ha fallecido. Los cónyuges divorciados pueden solicitar beneficios para sobrevivientes a los 60 años de edad (a los 50 si están discapacitados) y cambiar a su propio beneficio a los 62 años de edad. También tienen la opción de solicitar su propio beneficio primero, a los 62 años de edad, y luego solicitar beneficios para sobrevivientes cuando alcancen la edad de jubilación completa o «normal» (66 a 67 años para la mayoría de las personas) si eso resulta en un beneficio más alto.
Los cónyuges divorciados que cuidan del hijo natural o legalmente adoptado de su cónyuge fallecido, menor de 16 años, o discapacitado y con derecho a beneficios, pueden solicitar a cualquier edad. Sin embargo, los beneficios durarán solo hasta que el niño cumpla los 16 años o deje de estar discapacitado. En este caso, la regla de que la pareja debe haber estado casada durante al menos 10 años también se exime.