Después de Recibir una Decisión

Si Usted Se Convirtió en Residente Permanente Recientemente

Después de que usted se convierte en residente permanente legal, le enviaremos una carta de bienvenida. Luego le enviaremos por correo postal su nueva Tarjeta de Residente Permanente (conocida también como Green Card o Tarjeta Verde). Si usted se muda antes de recibir su tarjeta, debe cambiar su dirección en línea o llamar al Centro de Contacto de USCIS.

También, debe llamar al Centro de Contacto de USCIS si:

  • Recibió su carta de bienvenida o tarjeta de residente permanente, pero considera que uno o ambos documentos tiene un error.
  • Han transcurrido más de 30 días desde que obtuvo la residencia permanente y no recibió su carta de bienvenida.
  • Han transcurrido más de 30 días desde que recibió su carta de bienvenida, pero no ha recibido su tarjeta de residente permanente.
  • Tiene preguntas acerca de su nuevo estatus como residente permanente legal.

Solicitar Documentos de Otras Agencias (Tarjeta de Conducir, Tarjeta de Seguro Social) como Residente Permanente Legal

Los residentes permanentes legales pueden trabajar en Estados Unidos. Cuando le otorgamos la residencia permanente legal, tal vez le hayamos colocado un sello especial en su pasaporte o le hayamos entregado un documento de estatus temporal. Hasta tanto reciba su nueva tarjeta de residente permanente legal, use este sello o documento si usted:

  • Solicitar una tarjeta del Seguro Social sin restricciones
  • Solicitar una licencia de conducir
  • Si necesita viajar al extranjero por un período menor a un año.

Si usted no recibió su notificación o documento, puede presentar una consulta de caso en línea.

Cuando se le contrate para un nuevo empleo, deberá demostrar su identidad y autorización para trabajar en Estados Unidos a su empleador. También puede mostrar su nueva Tarjeta de Residencia Permanente (Tarjeta Verde o Green Card), o su tarjeta de Seguro Social sin restricciones como evidencias aceptables de su elegibilidad de empleo y un documento aceptable de identidad, como por ejemplo, su licencia de conducir. Para preguntas específicas acerca de la elegibilidad de empleo, por favor visite I-9 Central.

Si desea información sobre cómo solicitar una tarjeta del seguro social, vea el sitio web de la Administración del Seguro Social. Si usted ya estaba en los Estados Unidos cuando obtuvo la residencia permanente y todavía no ha recibido prueba temporal de su nuevo estatus, siga las instrucciones en su aviso de aprobación.

Si Se Mudó Desde de que Aprobamos su Caso

Si se mudó desde que se aprobamos su caso, cambie su dirección en línea o llame al Centro de Contacto de USCIS.

También debe llamar al Centro de Contacto de USCIS si:

  • Cree que hay un error en nuestra notificación de aprobación o documento que le enviamos.
  • Si nuestra herramienta en línea para verificar el estatus de su caso indica que le enviamos una notificación de aprobación o documento y han pasado más de 30 días pero todavía no lo ha recibido.
  • Si aprobamos su petición I-129 de trabajador no inmigrante, pero el consulado o puerto de entrada todavía no ha recibido la notificación.
  • Si presentó una petición para un familiar cuando usted era un residente permanente legal, y desea promoverla porque se usted se convirtió en ciudadano estadounidense, por favor, comuníquese con el Centro Nacional de Visas (NVC) del Departamento de Estado. La información de contacto del NVC está en la notificación de aprobación.
  • Si desea solicitar que le devolvemos los documentos originales que nos envió junto con su solicitud o petición, por favor, presente el Formulario G-884.
  • Si desea verificar las fechas de prioridad actuales de las visas de inmigración, por favor, verifique el Boletín de Visas del Departamento de Estado.

Si Denegamos Su Caso

Si tomamos una decisión desfavorable en su caso (denegamos su caso y/o se ordena su remoción), recibirá una notificación que le explicará nuestra decisión.

Esta notificación también explicará si puede presentar una apelación. Con ciertas excepciones, usted puede presentar una moción para reabrir o reconsiderar decisiones que se hayan tomado sobre su caso.

Las apelaciones administrativas solamente están disponibles en ciertos casos. Si una apelación o moción este disponible a usted, encontrará una explicación sobre cómo presentarla en la decisión que le enviamos.

Los formularios para presentar una apelación están d disponibles en la sección de Formularios de este sitio web.

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